El 17 de diciembre termina segundo ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina en los 16 los departamentos incluidos en la primera etapa.
De acuerdo a la resolución expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, entidad sanitaria del país, los ganaderos deberán inocular bovinos y bufalinos en las fechas establecidas o de lo contrario podrían ser sancionados económicamente.
Esta etapa I del segundo ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa dio prioridad a las zonas de fronteras y sus circuitos de movilización y comercialización por ser zonas de alto riesgo frente a la enfermedad.
La Etapa II del segundo ciclo será adelantada a partir de la tercera semana del mes de enero de 2016 y cubrirá las zonas no incluidas en la etapa I, cuyas vacunas ya están disponibles.
De acuerdo a datos suministrados por el ICA, durante 2014 fueron sancionados 609 ganaderos por no acatar la disposición que ordena la vacunación obligatoria y la cual permite preservar el estatus sanitario alcanzado por el país y que posibilitó la apertura de mercados internacionales para animales en pie y carne colombiana.
ZONAS DE VACUNACIÓN
Los 16 departamentos incluidos en esta primera etapa del segundo ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina son: Amazonas, Arauca, Atlántico Bolívar, Casanare, Cesar Córdoba, Guainía, Guaviare La Guajira, Magdalena, Meta, Norte de Santander, Sucre, Vaupés y Vichada.
En Boyacá los municipios que deben vacunar son los de Cubará, Pajarito y San Luis de Gaceno. En Cundinamarca los municipios de Medina y Paratebueno; en Antioquia, los municipios de Arboletes, Necoclí y San Pedro de Urabá.
Así mismo, en el municipio de Turbo en Antioquia deben vacunar en esta primera etapa en las veredas de Aguas Prietas, Aguas Vivas, Ajinjible, Brunito Cacahual, El Bongo, El Caucho, El Bongo, El Moncholo, El Palmito, El Sinaí, El Volcán 1, Galilea, Guayabal, La cenizosa, Manta Gorda, Maquencal, Mulatos, Nueva Granada, Pueblo Bello 2, Puya, Puyita Ralito, San Vicente y Umbito.
Los animales que procedan de zonas libres sin vacunación (Noroccidente del Chocó y San Andrés) y sean movilizados a zonas donde la medida es obligatoria, deberán ser inmunizados contra la fiebre aftosa en su lugar de destino.